jueves, 22 de febrero de 2007

Un piropo, gran detonante de conflicto callejero.


Piropo precipita riña callejera en La Candelaria

A altas horas de la madrugada un herido de gravedad fue atendido en la Clínica Santa Clara ubicada al sur de Bogotá, tras haber recibido dos puñaladas a la altura del tórax. Dicha agresión fue propiciada a causa de un piropo callejero que enfadó en gran medida al agresor.

El sector comprendido como La Candelaria es característico por ser escenario de múltiples conflictos relacionados con riñas familiares y callejeras. En caso de denuncia, éstas son atendidas en la Estación de Policía de La Candelaria.

El pasado 11 de Febrero de 2007, se presentó en el barrio Santa Bárbara de la localidad diecisiete de Bogotá, una riña callejera como resultado de un piropo salido de tono que afectó el humor de una pareja que transitaba por la calle cuarta con carrera novena.

Cerca a las dos de la madrugada, una pareja de novios que caminaba por el centro de la capital, vio perturbada su tranquilidad tras el piropo de un joven de veintiséis años quien hizo alusión al tamaño de la cola de la novia del agresor.

Se sabe que el sujeto que cometió la agresión física contra el difusor de la frase perturbadora, estaba bajo los efectos del alcohol; circunstancia que propició su reacción violenta y lo condujo a hacer uso de un arma corta punzante conocida coloquialmente como chuzo.

La Policía Nacional de La Candelaria acudió oportunamente tras la llamada de un civil que presenció el desafortunado acontecimiento. Una patrulla llegó cerca de las dos y media de la madrugada para intervenir en el caso.

El joven de dieciocho años fue capturado de inmediato por la policía y trasladado a la estación de La Candelaria que en la misma noche albergó cerca de once personas.

El atacado presentó cargos en contra de su agresor a causa de los daños físicos ocasionados. Éste tuvo que permanecer cerca de veinticuatro horas detenido.

Este caso fue remitido a Medicina Legal, en donde dictaminaron, por la gravedad de las heridas, que el culpable debía asumir todos los gastos en relación al tratamiento médico que requiera el afectado.

Dicho proceso no ha culminado ya que aún no se ha establecido el monto de dinero que debe pagar el ofensor para la indemnización de los días de incapacidad en los que el afectado estará en recuperación.






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